Saulo

 


(Sobre Pablo de Tarso): “Toma el tema de la Ley y lo traslada de Jerusalém a Roma, y mientras lo traslada, lo transforma: de la Ley del pueblo hebreo a la Ley del populus mundi. E inagura aquella dialéctica entre obediencia a la Ley y obediencia a la fe, que es un gran tema, tema-problema de la política moderna: el actuar en la contingencia, libres de la contingencia, para superarla, para derrocarla (Mario Tronti, "Dall´estremo possibile", Ed. Ediesse, p. 93).

Mario Tronti – verdadera alma mater de aquella gran experiencia que fue el operaismo italiano – en "La teologia di San Paolo può interessare il politico?" (https://centroriformastato.it/la-teologia-di-san-paolo-puo-interessare-il-politico/), publicado el 18-5-2.009 en la web del C.R.S. ("Centro per la Riforma dello Stato") ofrece una diana en la que situar la "gran obra" (política) del tarsiota (los subrayados son nuestros): ".... Lo más interesante es el modo en el que se ha practicado esta verdadera y auténtica mutación. Pablo hace la operación vencedora para el Cristianismo en los siglos y milenios por llegar. Lo inscribe sobre la estructura geopolítica imperial romana. Aquí, la maquiavélica fortuna que se añade a la virtud paulina: haber encontrado, enseguida, este contenedor universal, con Roma en el centro, donde depositar la universalitas del propio mensaje. Esto permite a Pablo una magistral doble operación: fundar un pueblo, otro pueblo, después del de Moisés, y poner al mismo tiempo las bases de aquella que será la forma política del catolicismo romano, aquella institución Iglesia, que tendrá la tarea de refundar continuamente este pueblo, y sin la cual los cristianos habrían sido nada más que un grupo sectáreo de zelotes, rápidamente aplastados por la máquina de la historia".

Un gran personaje de los que transforma el mundo. Lo que hoy es inconcebible, al menos desde una óptica de liberación, o al menos emancipatoria.

Saulo ("San Pablo"), el fabricante de tiendas que hablaba en griego, predica a los judíos y no judíos, a los gentiles, a los circuncisos y a los incircuncisos .... Y en Hechos de los Apóstoles 1:8 podemos leer lo que dice o se le hace decir: " .... pero recibirán poder cuando el Espíritu Santo descienda sobre ustedes; y serán mis testigos, y le hablarán a la gente acerca de mí en todas partes: en Jerusalén, por toda Judea, en Samaria y hasta los lugares más lejanos de la tierra".

Nada de pensamiento débil o relativismo. Apostolado (de "apostolos", que en griego significa "enviado"). Coge en sus manos el tema de la "Ley" y lo traslada desde Jerusalém para inocularlo en Roma – capital de un Imperio -.

Toma el tema de la Ley, pero no para abolirla, sino para reformularla y refundarla: de la sacrosanta Ley de Moisés, a la Ley del Populus mundi.

¿Se debe obedecer la "Ley" o debe obedecerse la "fe"? Gran tema. Taubes – herético por definición aquel rabino fascinante e izquierdista – nos dice que su "Carta a los Romanos" es pura política: auténtica declaración de guerra al Imperio.



En “Jacob Taubes. Soberanía y tiempo mesiánico”, la filosofía italiana Elettra Stimili nos habla de justicia, ley y mesianismo, y del modo en que Taubes pretender redefinir las fronteras entre cristianismo y judaísmo: Esta referencia a la justicia, o más bien a la sobriedad cotidiana de la justicia, a través de la cual Taubes pretende redefinir las fronteras entre judaísmo y cristianismo en este ensayo, parece abrir el camino a una perspectiva muy fructífera para nuestro discurso. A través de él tenemos la impresión, de hecho, de acercarnos a la esencia misma del mesianismo. La halajá – afirma Taubes en este ensayo – no se resuelve en el “yugo de la Ley”, en un acto jurídico positivo y abstracto, podríamos decir en términos jurídicos; su presencia, más bien, se manifiesta en esa "sobriedad de justicia" que "hace el fundamento de la vida del hombre". Este segundo aspecto es precisamente el que tiene que ver con el mesianismo como cumplimiento de la ley.

Si llega el tiempo mesiánico del cumplimiento de la Ley, entonces es decisivo el concepto mismo de cumplimiento, sobre el que Taubes vuelve una y otra vez hasta el final. Que la Ley se cumpla mesiánicamente no significa que se convierta, por así decirlo, en una segunda Torá que sustituye a la primera, abrogándola. Y, por otra parte, la llegada del tiempo mesiánico no implica la mera anulación del tiempo histórico o, mejor aún, su reposición homogénea. El problema es evidentemente más complejo y trae de vuelta una filosofía de la historia a la altura(Elettra Stimili, “Soberanía y tiempo mesiánico”, Ed. Libros del Tábano, p. 258).

Imagen: Pixabay.


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